Guía del Regulado para el Registro Sanitario de Alimentos y Bebidas Procesadas Nacionales o Importados y su Renovación | |
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1 Objetivos | |
1.1 Objetivo General | |
Mostrar al usuario una guía para los trámites de obtención de registro sanitario o renovación de alimentos o bebidas procesadas nacionales o importadas, así como los requisitos correspondientes, de acuerdo al tipo de proceso. | |
2. Alcance | |
Este servicio es proporcionado a todas las personas ya sean naturales o jurídicas, que quieran obtener el registro sanitario o renovación de productos alimenticios para consumo humano, objeto de regulación de la DISAM. La presente Guía comprende los siguientes procedimientos para obtener el registro sanitario de productos alimenticios procesados:
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3. Definiciones | |
Reconocimiento de Registro Sanitario: | Es el trámite para miembros de la Unión Aduanera (Guatemala, Honduras, Nicaragua y Costa Rica), en el cual un producto que ha sido registrado en otro Estado Parte de la región centroamericana, pueda comercializarse en su territorio con el número de registro original. |
Procedimiento ordinario: | Procedimiento por el cual se puede realizar el trámite de registro sanitario de alimentos y bebidas nacionales o extranjeras, en el cual se establece que el otorgamiento del registro se ejecuta posterior a la aprobación de los resultados de análisis de laboratorio, con un periodo de 3 meses máximo para la emisión del registro sanitario. |
Procedimiento especial: | Procedimiento por el cual se puede realizar el trámite de registro sanitario de alimentos y bebidas nacionales o extranjeras, el cual incorpora el otorgamiento de un Registro Sanitario Provisional, con el mismo peso legal que un Registro Sanitario Definitivo, con la diferencia que el primero es otorgado de forma más expedita y tiene una vigencia de 3 meses, tiempo en el cual se otorga el Registro Sanitario Definitivo.4. Siglas |
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DISAM: | Dirección de Salud Ambiental |
SISAM: | Sistema de Información de Salud Ambiental |
NPE: | Número de pago electrónico. |
RTCA: | Reglamento Técnico Centroamericano |
CIEX: | Centro de Trámites de Importaciones y Exportaciones |
BCR: | Banco Central de Reserva |
LAT: | Laboratorio de Alimentos y Toxicología
5. BaseLegal y/o Referencias Bibliográficas |
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5.1 Base Legal
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6. Requisitos | |
Todos los documentos adjuntos o presentados en los trámites de la presente guía y que se encuentren en un idioma distinto al castellano, deberán presentarse con la traducción correspondiente. | |
6.1 Requisitos para procedimiento ordinario: | - Solicitud completa en el SISAM.
- Lista de Ingredientes, en orden decreciente, es decir de mayor a menor en % masa/masa; con nombre y firma del responsable. - Etiqueta o proyecto de etiqueta de cada presentación del alimento o bebida: Debe cumplir con los requisitos de la reglamentación técnica aplicable al producto. Si es registro nuevo, pueden subir boceto de etiqueta y si es renovación, escanear la etiqueta original. Subir etiqueta complementaria de acuerdo al RTCA de etiquetado número 9.2, 9.2.1, 9.2.2, 9.2.3 y anexo A, en el mismo archivo de la etiqueta de cada presentación - Información sobre los materiales de fabricación del envase. - Licencia o permiso de funcionamiento vigente para la fábrica, para productos de fabricación nacional o de la bodega para productos de fabricación extranjera. - Presentación de muestras para realizar los análisis de laboratorio que ordene la autoridad competente. - Certificado de Libre Venta (también llamado Sanitario, de Salud, de Calidad o de Exportación) original, para productos extranjeros. Este debe ser legalizado conforme a las normas establecidas para la validez de los documentos emanados en el extranjero. Si el CLV original ampara varios productos incluirlo en uno de ellos y en los demás colocar copia simple y hacer referencia en cual se agregó el original. |
6.2 Requisitos para procedimiento especial: | - Solicitud completa en el SISAM.
- Muestras para realizar los análisis de laboratorio que ordene la autoridad competente - Certificado de Libre Venta (también llamado Sanitario, de Salud, de Calidad o de Exportación) original, para productos extranjeros. Este debe ser legalizado conforme a las normas establecidas para la validez de los documentos emanados en el extranjero. Si el documento no está en castellano debe realizar las correspondientes diligencias de traducción. Se admitirán copias del CLV siempre que estas sean certificadas por notario salvadoreño. - Etiqueta o proyecto de etiqueta de cada presentación del alimento y bebida. - Lista de ingredientes. - Poseer Permiso de funcionamiento vigente de la bodega donde almacenará el producto o documentación que acredite que se encuentra en trámite emitido por la autoridad competente del país - Análisis microbiológicos y fisicoquímicos según corresponda realizados por el fabricante o por un tercero a solicitud del interesado. - Declaración jurada emitida por el solicitante del registro sanitario del producto conforme al modelo establecido (Herramienta: Formato de Declaración Jurada, código M02-01-01-UAB.HER02). - Comprobante de pago del servicio de Registro Sanitario o Renovación de alimentos y bebidas que incluye la emisión del Registro Sanitario Provisional. - Comprobante de pago y comprobante de presentación de los análisis de laboratorio de alimentos y bebidas clasificadas como riesgo A, riesgo B y riesgo C. |
6.3 Requisitos para procedimiento de Reconocimiento de Registro Sanitario: | - Registro en el SISAM (es necesario el registro de la Persona Natural o Persona Jurídica en el módulo de Gestión y Control de Alimentos y Bebidas del SISAM).
- Llenar solicitud en línea digitando: a) Número de registro b) País de origen c) Sub grupo de alimentos d) Código de la bodega registrada en el SISAM donde será almacenado el producto. - Pago del trámite por Reconocimiento de Registro Sanitario. Pasos a seguir para el trámite |
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7.1 Procedimiento Ordinario: | |
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Nota: El estado de la solicitud puede verificarse en el SISAM, así mismo, el sistema notifica cualquier cambio mediante correo electrónico.
Plazos: Para la emisión de la Certificación de Registro Sanitario, se tiene un periodo de 3 meses contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud. Este tendrá una vigencia de 5 años. |
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7.2 Procedimiento Especial: | |
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Plazos: - El plazo para la emisión del Certificado de Registro Sanitario será de acuerdo a la Ley de Procedimiento Administrativos. |
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7.3 Procedimiento de Reconocimiento Mutuo: | |
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Plazos: - Para la aprobación del Reconocimiento Mutuo se tiene un periodo máximo de 24 horas. |
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7.4 Procedimiento para la presentación de muestras al Laboratorio Nacional de Salud Pública MINSAL (Laboratorio de Alimentos y Toxicología): | |
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Nota: En caso de que se requiere la devolución de las muestras, detallar en hoja de toma y envío de muestras de alimentos dicha solicitud, y cuenta con un periodo de 3 meses contados a partir de la fecha de aprobación de registro sanitario, para solicitar por correo electrónico la devolución de las muestras. En caso que la muestra sea única, no aplica devolución.
Plazos: Para la ejecución de las pruebas analíticas de laboratorio se tiene entre 5 a 24 días, dependiendo el tipo de producto y los tipos de análisis. |
8. Cuadro de Herramientas | |
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Código | Herramienta |
M02-01-01-UAB.HER01
M02-01-01-UAB.HER02 |
Solicitud para registro sanitario y/o renovación de alimentos y bebidas |
9. Contactos | |
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Atención vía telefónica (DISAM) | (503) 2594-8557 / 2594-8558 / 2205-1679 |
Vía Correo electrónico | [email protected] |
Atención vía telefónica (Laboratorio de Alimentos y Toxicología) | (503) 2205-1643 / 2205-1611 / 2594-8532/ 2594-8539 / 2594-8590 |