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Leyes

Guía para los trámites posteriores al registro de alimento y bebidas procesadas nacionales o importadas
Objetivo General
Mostrar al usuario los requisitos necesarios y los pasos a seguir para obtener la factibilidad de instalación de sistema de tratamiento de aguas negras y grises con infiltración al suelo, en la Unidad de Salud, dependencia del Ministerio de Salud, correspondiente.
Alcance
La presente guía está dirigida a las personas naturales o jurídicas que requieran de instalación de sistema de tratamiento de aguas negras y grises con infiltración al suelo en establecimientos con caudal generado menor a 10 mil litros por día y que no cuenten con factibilidad de conexión a alcantarillado sanitario u otro sistema no primario.

Definiciones
Autorización Sanitaria:
Se refiere a la resolución que emite el MINSAL cuando se ha verificado la instalación del sistema de tratamiento a conformidad del Técnico del MINSAL y de acuerdo con la
factibilidad previamente otorgada.
Establecimiento:
Se denomina con este nombre a instalaciones en las cuales se realiza una actividad comercial o de enseñanza, tales como comedores, Centros Escolares y otros similares.
Factibilidad:
Se refiere a la resolución que emite el MINSAL cuando se verifica la posibilidad de instalar un sistema de tratamiento individual de aguas negras y grises con infiltración al suelo
Interés Social:
Se refiere a aquellos establecimientos en los que su actividad no genera lucro, sino que es una actividad de beneficio público, tales como Centros Escolares, Asilos, entre otros.
Sistema de Tratamiento Individual:
Es un sistema de tratamiento utilizado para aguas negras y grises con infiltración al suelo. Se refiere al que es propio de cada Establecimiento.
Siglas
AGI:
Área Geográfica de Influencia
ANDA:
Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados
DISAM:
Dirección de Salud Ambiental
MINSAL:
Ministerio de Salud
BaseLegal y/o Referencias Bibliográficas
Base Legal

  1. Código de Salud.
  2. Norma técnica sanitaria para la instalación, uso y mantenimiento de letrinas secas sin arrastre de aguas, octubre 2004.
  3. Guía técnica sanitaria para la instalación y funcionamiento de sistemas de tratamiento individuales de aguas negras y grises, marzo 2009
  4. Lineamiento 2017, Programa Disposición Sanitaria de Aguas Negras y Grises.
Requisitos
Generalidades
1- El interesado deberá realizar el trámite de Factibilidad en la Unidad de Salud del área de intervención del Proyecto, presentando el total de requisitos que para tal fin se han estipulado.
2- En caso que el abastecimiento de agua sea por conexión extradomiciliar, el MINSAL no otorgará factibilidad de instalación de sistema de tratamiento de aguas negras, solamente se otorgará factibilidad de sistema de aguas grises, si cumple con las condiciones establecidas en el marco regulatorio vigente..

Requisitos para otorgar factibilidad de instalación de sistemas de tratamiento individual de aguas negras y grises con infiltración al suelo, en establecimientos
3- Solicitud completa
4- Nombre completo del propietario del establecimiento (persona natural o jurídica).
5- Copia del Documento Único de Identidad (DUI), pasaporte o carné de residente del propietario del establecimiento (persona natural).
6- Nombre completo del representante legal
7- Copia del Documento Único de Identidad (DUI), pasaporte o carnet de residente del representante legal o tramitador.
8- Copia de Número de Identificación Tributaria (persona jurídica).
9- En caso que la persona que realice el trámite no sea el propietario del establecimiento debe presentar autorización para realizar trámites relacionados a la factibilidad de instalación de
sistemas de tratamiento individual de aguas negras y grises con infiltración al suelo.
10- Copia de escritura de constitución de la sociedad debidamente registrada ante la autoridad correspondiente y de la modificación si existiera (cuando aplique).
11- Copia de escritura de poder de representante legal de persona natural o jurídica.
12- Copia de la escritura de propiedad del inmueble o certificación literal del Registro de Propiedad.
13- Cuando el solicitante requiera instalar el sistema de tratamiento en un inmueble que no sea de su propiedad, deberá presentar autorización del propietario o documentación justificativa
correspondiente o el solicitante deberá legitimar la posesión o mera tenencia del inmueble
14- Declaración jurada con firma legalizada referente a que la segregación del inmueble será para fines de construcción de cualquier tipo de edificación que requiera un sistema de tratamiento de aguas negras y grises (cuando aplique).
15- Planos en PDF en imagen legible debidamente firmados y sellados por profesional responsable, que contenga: a) la ubicación del inmueble en referencia al municipio, b) ubicación del sistema
dentro del terreno. c) Curvas de nivel a intervalos no mayores de un metro, d) Área disponible para la instalación del sistema. El área disponible debe ser mínimo de 50 metros cuadrados,
delimitando un mínimo de 5 metros de ancho por 10 metros de largo, para la opción de pozo de absorción, y 80 metros cuadrados, delimitando un mínimo 6 metros de ancho por 13 metros de
largo, para zanja de infiltración.
16- Presentar en documento de solicitud las unidades que componen el sistema de tratamiento individual de aguas negras y grises con infiltración a suelo.
17- Estudio de suelos firmado por profesional responsable, que incluya:
      - Tasa de infiltración en minutos por pulgadas,
      - Profundidad del nivel freático,
      - Recomendaciones sobre el uso de sistemas de infiltración,
      - Tipo de suelo.
En el caso de comedores, centros educativos públicos, centros juveniles, granjas penitenciarias o similares, no se requerirá estudio de suelo, sino solamente:
      - Tasa de infiltración a través de pruebas de infiltración in situ y
      - Profundidad del nivel freático.
18- Copia de factibilidad de descarga de aguas lluvias (debe obtenerse en la sede del Ministerio de Vivienda correspondiente).
19- Copia de constancia vigente del administrador del sistema de abastecimiento sobre factibilidad de conexión de agua potable.
20- En caso de no contar con factibilidad de conexión a un sistema de agua potable, el interesado deberá presentar lo siguiente:
      - Nombre y ubicación de la fuente a utilizar, en formato de solicitud.
      - Tipo de fuente (superficial o subterránea), en formato de solicitud.
      - Tipo de abastecimiento (acometida domiciliar o cantarera), en formato de solicitud.
      - En caso de ser pozo perforado, certificado de no afectación de recurso hídrico por parte de la autoridad competente.
21- Copia de constancia del administrador del sistema de tratamiento de aguas residuales (cuando existiere), sobre factibilidad o denegación de conexión a dicho sistema.
22- Plano en formato PDF en imagen legible con diseño del sistema de tratamiento individual de aguas negras y grises con infiltración al suelo, que se proyecte instalar, en tamaño tipo 0.55 m x 1.10 m, donde se detalle todos los componentes, con especificaciones técnicas: a. Memoria del cálculo de diseño del sistema de tratamiento, b. Memoria de cálculo del diseño del sistema de
infiltración que incluya cálculo del caudal aproximado de aguas negras y grises en litros por día que generará el establecimiento, de acuerdo al 80% de la dotación de agua establecida en la
Tabla de consumos específicos de las Normas técnicas para abastecimiento de agua potable y alcantarillados de aguas negras de ANDA. Dicha documentación debe estar firmada y sellada por
el profesional responsable, según lo establecido en el presente reglamento.
23- Comprobante de pago por trámite de factibilidad de instalación de sistema de tratamiento individual de aguas negras y grises con infiltración al suelo.
24- Datos de contacto para notificaciones: número de teléfono, correo electrónico y dirección de la persona autorizada para recibir notificaciones.

Requisitos para otorgar factibilidad de instalación de sistemas de tratamiento individual de aguas negras y grises con infiltración al suelo, en proyectos de agua y saneamiento.

1- Solicitud completa
2- Nombre completo del formulador del proyecto, persona natural o jurídica.
3- Copia del Documento Único de Identidad (DUI), pasaporte o carné de residente del formulador del proyecto (persona natural).
4- Nombre completo del representante legal del formulador del proyecto, si aplica.
5- Copia de Número de Identificación Tributaria (persona jurídica).
6- Copia del documento único de identidad (DUI), pasaporte o carné de residente del representante legal o tramitador si aplica.
7- En caso que la persona que realice el trámite no sea el responsable del Proyecto, debe presentar autorización para realizar trámites relacionados a la factibilidad de instalación de sistemas de tratamiento individual de aguas negras y grises con infiltración al suelo.
8- Copia de escritura de constitución de la persona jurídica debidamente registrada ante la autoridad correspondiente y de la modificación si existiera.
9- Copia de escritura de poder de representante legal de persona natural o jurídica cuando aplique.
10- Copia de la escritura de propiedad del inmueble o certificación literal del Registro de Propiedad.
11- Cuando el solicitante requiera instalar el sistema de tratamiento en un inmueble que no sea de su propiedad, deberá presentar autorización del propietario o documentación justificativa
correspondiente o el solicitante deberá legitimar la posesión o mera tenencia del inmueble
12- Declaración jurada con firma legalizada del formulador del proyecto, del compromiso de informar 20 días de anticipación el inicio de la instalación de cada uno de los sistemas.
13- Nombre del proyecto.
14- Objetivo del proyecto.
15- Ubicación del proyecto: Nombre del departamento, municipio, comunidad, cantón o caserío.
16- Listado total de viviendas a intervenir, indicando el nombre del propietario o poseedor, dirección, número y tipos de sistemas de tratamiento individual de aguas negras y grises a instalar, repararo sustituir.
17- Planos en PDF en imagen legible (se pueda visualizar detalles), debidamente firmados y sellados por profesional responsable que contengan: a. ubicación del proyecto en referencia al municipio, comunidad, cantón o caserío. b. viviendas a intervenir. c. Curvas de nivel a intervalos no mayores de un metro. d. Área disponible para ubicación del sistema la que debe ser mínimo de 50 metroscuadrados, delimitando un mínimo de 5 metros de ancho por 10 metros de largo, para la opción de pozo de absorción, y 80 metros cuadrados, delimitando un mínimo 6 metros de ancho por 13 metros de largo, para zanja de infiltración.
18- Copia de constancia vigente del administrador del sistema de abastecimiento sobre factibilidad
de conexión de agua potable.
19- En caso de no contar con factibilidad de conexión a un sistema de agua potable, el interesado deberá presentar lo siguiente:
    a) Nombre y ubicación de la fuente a utilizar, en formato de solicitud.
     b) Tipo de fuente (superficial o subterránea), en formato de solicitud.
     c) Tipo de abastecimiento (acometida domiciliar o extradomiciliar), en formato de solicitud.
     d) En caso de ser pozo perforado, certificación de no afectación de recursos hídricos por parte
de la autoridad competente.
20- Copia de constancia del administrador del sistema de tratamiento de aguas residuales (cuando
existiere), sobre factibilidad o denegación de conexión a dicho sistema.
21- En caso que el proyecto sea para instalar exclusivamente sistema de tratamiento individual de aguas negras y grises, y el abastecimiento de agua sea por conexión extra domiciliar, el MINSAL no otorgará factibilidad de instalación de sistema de tratamiento de aguas negras, solamente se otorgará factibilidad del sistema de aguas grises, si cumple con las condiciones correspondientes, debiendo instalar letrinas sin arrastre de aguas, de acuerdo a la normativa vigente del MINSAL.
22- Estudio de suelo firmado por profesional responsable, que incluya:
    a) Tasa de infiltración en minutos por pulgadas,
    b) Profundidad del nivel freático,
    c) Recomendaciones sobre el uso de sistemas de infiltración,
    d) Tipo de suelo.
23- Planos en formato PDF con imagen legible (se pueda visualizar detalles) firmado y sellado por el profesional responsable, con diseño del sistema de tratamiento individual de aguas negras y
grises con infiltración al suelo, que se proyecte instalar en las viviendas, en tamaño tipo 0.55 m x 1.10 m, donde se detalle los componentes, con especificaciones técnicas: a. Memoria de cálculo del diseño del sistema de infiltración. b. Memoria del cálculo de diseño del sistema de tratamiento.
24- Datos de contacto para notificaciones: número de teléfono, correo electrónico y dirección de la persona autorizada para recibir notificaciones.
25-Comprobante de pago por trámite de factibilidad de instalación de sistema de tratamiento individual de aguas negras y grises con infiltración al suelo.

Pasos a seguir para el trámite
A continuación, se detalla el proceso a seguir para obtener la factibilidad de instalación de sistemas de tratamiento de aguas negras y grises con infiltración al suelo en establecimientos o proyectos de agua y saneamiento:
  1. El usuario se presenta a la Unidad de Salud del AGI al que pertenezca el proyecto de instalación de sistema de tratamiento individual, con solicitud dirigida al Supervisor Local Técnico de Salud Ambiental
  2. Con el mandamiento emitido por la Unidad de Salud se procede a realizar el pago en ventanillas ubicadas en San Salvador (Laboratorio Central de Salud Dr. Max Bloch), San Miguel (Región
    Oriental de Salud) y Santa Ana (Región Occidental de Salud)
  3. Presentar en la oficina de salud ambiental de la Unidad de la Salud del AGI del proyecto, el mandamiento de pago cancelado y el total de los requisitos establecidos anteriormente.
  4. En conjunto con el solicitante y el técnico MINSAL a cargo se establece fecha de inspección al terreno donde se pretende instalar el sistema.
  5. Una vez verificado por parte del técnico MINSAL que se cumplen las condiciones establecidas para la instalación del sistema se otorgará la factibilidad solicitada.
Vigencia de la autorización
La vigencia del registro es única en la vida de la persona por actividad desarrollada, las autorizaciones tienen una vigencia de un año.

Aranceles
$5.00 por cada sistema de tratamiento instalada o a instalar
Contactos
- Dirección Regional de Salud Central Final Calle S.S. contiguo a la U.S. "Dr. Adalberto Aguilar" Col. Quezaltepec, Santa Tecla De lunes a viernes de 07:30 - 03:30 Teléfono: +503 25118200
- Dirección Regional de Salud Metropolitana Final Calle Nueva Número Uno, No.3881, Block No.46, Colonia Escalón. Punto de referencia: frente al parqueo Gamaliel del Tabernáculo Bíblico Bautista Amigos de Israel. De lunes a viernes de 07:30 - 03:30 Teléfono: +503 25948000 y 25948047 y 25118280
- Dirección Regional de Salud Occidental Final 25 Calle Oriente y Calle ByPass De lunes a viernes de 07:30 - 03:30 Teléfono: +503 28917000 y 24456100
- Dirección Regional de Salud Oriental Carretera Panamericana Salida a San Salvador De lunes a viernes de 07:30 - 03:30 Página 9 de 20 Teléfono: +503 26843800 y 26843891
- Dirección Regional de Salud Paracentral 2a. Av. Sur y 6a. Calle Oriente # 26, Bo. Sn. Francisco, frente a Hospital Santa Gertrudis De lunes a viernes de 07:30 - 03:30 Teléfono: +503 23939200

Publicado el 22-05-2023.