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Requisitos para el trámite de autorización sanitaria (primera vez/ renovación – persona natural o jurídica) para factibilidad de instalación y autorización sanitaria de funcionamiento del sistema de tratamiento individual de aguas negras y grises con infiltración al suelo.


REQUISITOS PARA EL TRÁMITE DE AUTORIZACIÓN SANITARIA (PRIMERA VEZ/ RENOVACIÓN – PERSONA NATURAL O JURÍDICA) PARA FACTIBILIDAD DE INSTALACIÓN Y AUTORIZACIÓN SANITARIA DE FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA DE TRATAMIENTO INDIVIDUAL DE AGUAS NEGRAS Y GRISES CON INFILTRACIÓN AL SUELO.
Documentación General
  • Formato de Solicitud según formato autorizado por la DISAM, la cual debe ser firmada por el legítimo interesado..
  • Comprobante de pago del arancel.
  • Copia del Documento Único de Identidad, del Carnet de Residente o Pasaporte, en caso de extranjeros
  • Copia de Poder, para el caso de quien haga la solicitud sea un apoderado.
  • En caso que la solicitud sea presentada por un tercero en la firma de la misma, tendrá que ser legalizada por Notario.
Documentación Especial
  • Copia de la escritura de propiedad del inmueble o certificación literal del Registro de Propiedad. En caso que el solicitante no sea el propietario deberá anexarse la autorización del propietario para que en su inmueble se haga la instalación correspondiente. Si el solicitante no cuenta con título de dominio del inmueble, deberá justificar su legitimación de poseedor, para ello, deberá presentar recibido de algún servicio básico en la que conste la dirección del inmueble, en caso de no contar con el mismo, podrá presentar una declaración jurada en la que conste la posesión del inmueble, toda la información que justifique su calidad de poseedor será recibida conforme al principio de buena fe.
  • Presentar declaración simple del compromiso de construir el sistema de tratamiento individual de aguas negras y grises con infiltración al suelo, así como informar 20 días hábiles antes del inicio de la instalación del sistema de tratamiento. Para el caso de viviendas no habitadas es obligatorio construir el sistema antes de habitarla.
  • Para el caso de viviendas individuales, se requerirá lo siguiente:
    1. Prueba de permeabilidad de campo.
    2. Profundidad del nivel freático.
    3. Presentar diseño del sistema de tratamiento que se proyecta instalar, que incluya las especificaciones técnicas de los componentes.
  • Copia simple de resolución vigente del administrador del sistema de abastecimiento sobre factibilidad de conexión de agua potable. De no contar con factibilidad de conexión a un sistema de agua potable, el interesado deberá presentar lo siguiente:
    1. Nombre y ubicación de la fuente a utilizar, podrá anexar documento que justifique el proceso del trámite con el administrador del sistema de agua.
    2. Tipo de fuente (superficial o subterránea).
    3. Tipo de abastecimiento (conexión domiciliar o extradomiciliar) en formato de solicitud. En caso de que el abastecimiento de agua sea por conexión extradomiciliar, deberá comprobar el almacenamiento de agua a utilizar para el uso del sistema.
  • Copia simple de resolución del administrador del sistema de tratamiento de aguas residuales existente, sobre factibilidad de conexión a dicho sistema (Cuando aplique).
  • Para establecimientos, centros educativos, centros juveniles, casas comunales, iglesias, granjas penitenciarias o similares presentar Plano en formato PDF en imagen legible, debidamente firmados y sellados por profesional responsable, así mismo la identificación de los datos generales del proyecto, con diseño del sistema de tratamiento individual de aguas negras y grises con infiltración al suelo, que se proyecte instalar, donde se detalle todos los componentes, anexando las especificaciones técnicas siguientes:
    1. Memoria del cálculo de diseño del sistema de tratamiento.
    2. Memoria de cálculo del diseño del sistema de infiltración que incluya cálculo del caudal aproximado de aguas negras y grises en litros por día que generará el establecimiento, de acuerdo al 80% de la dotación de agua establecida en la Tabla de consumos específicos de las Normas técnicas para abastecimiento de agua potable y alcantarillados de aguas negras de ANDA. Dicha documentación debe estar firmada y sellada por el profesional responsable.

Publicado el 02-10-2025.