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Requisitos para el trámite de autorización sanitaria (primera vez/ renovación – persona natural o jurídica) para manejo de cadáveres o restos humanos


REQUISITOS PARA EL TRÁMITE DE AUTORIZACIÓN SANITARIA (PRIMERA VEZ/ RENOVACIÓN – PERSONA NATURAL O JURÍDICA) PARA MANEJO DE CADÁVERES O RESTOS HUMANOS
  1. Para exhumación de cadáveres o restos humanos, antes de los siete años de su inhumación, en la DIRSAM en la que será exhumado el cadáver o los restos humanos.
  2. Para cremación de cadáveres o restos humanos, en la DIRSAM en la que se llevará a cabo la cremación.
  3. Para salida del país de cadáver o restos humanos, en la DIRSAM en donde falleció la persona
  4. Para ingreso al país de cadáver o restos humanos, en la DIRSAM competente al lugar en donde será sepultado el cadáver o los restos humanos
Documentación General
  • Formato de Solicitud según formato autorizado por la DISAM, la cual debe ser firmada por el legítimo interesado.
  • Comprobante de pago del arancel.
  • Copia del Documento Único de Identidad, del Carnet de Residente o Pasaporte, en caso de extranjeros.
  • Copia de Poder, para el caso de quien haga la solicitud sea un apoderado.
  • En caso que la solicitud sea presentada por un tercero en la firma de la misma, tendrá que ser legalizada por Notario.
Documentación Especial
  • Certificado de defunción, Certificación de la partida de defunción o Carta de protesta de mar, según aplique.
  • Constancia de preparación de cadáver emitido por la Funeraria (embalsamamiento).
  • Autorización Judicial o de la Fiscalía General de la República para exhumar el cadáver (Aplica cuando la exhumación sea requerida por muerte por causa de hecho delictivo.

Publicado el 02-10-2025.